Divorcio en tiempo de pandemia

Divorcios en tiempo de pandemia

 

La irrupción del Covid19 en nuestras vidas, ha puesto nuestro mundo “patas arriba” en muchos aspectos. El confinamiento impuesto por la pandemia ha hecho que vivamos mucho más estrechamente las relaciones familiares, lo que en ocasiones, ha puesto de manifiesto graves desavenencias conyugales. Probablemente hemos oído en numerosas ocasiones el aumento de parejas que deciden divorciarse después de las vacaciones, el confinamiento está teniendo este mismo efecto.

Tomar la decisión de divorciarse no es fácil, probablemente sea una de las más difíciles de adoptar. Pero cuando finalmente lo decides, quieres que sea lo más rápido posible y terminar cuanto antes.

Y es ahí donde nos encontramos un gran escollo, los tiempos. Si antes de esta pandemia, los plazos ya eran más largos de lo esperado, ahora, con el sistema judicial colapsado, estos plazos se alargarán por un tiempo impredecible y desde luego mucho más largo de lo deseable.

En muchos supuestos, no podremos hacer nada más que esperar, pero para otros existe, desde el 2015, la posibilidad deldivorcio de mutuo acuerdo ante Notario. Esta fue una de las novedades que incorporó la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria. Así, la escritura en la que se formaliza la separación o divorcio produce el mismo efecto que la sentencia de separación derivada de un procedimiento judicial, la disolución del vínculo matrimonial con todo lo que ello conlleva.

Pero no todos los divorcios pueden hacerse en la notaría. Los requisitos para poder optar por el divorcio notarial, son los siguientes:

1.- Que el divorcio sea de mutuo acuerdo

2.- Llevar más de tres meses casados

3.- Que no existan hijos menores de edad o con la capacidad modificada judicialmente

4.- Que la mujer no se encuentre embarazada en el momento de instar el divorcio.

La Ley impone la asistencia de Abogado, igual que sucedería con el divorcio judicial. El fin perseguido por el legislador es garantizar el buen asesoramiento y la protección de los cónyuges que se van a divorciar ante Notario.

El divorcio se formalizará en escritura notarial, que deberá contener la declaración de los cónyuges de su voluntad inequívoca de divorciarse y la incorporación del Convenio Regulador del divorcio.

Una vez firmada la escritura, ésta será remitida por el Notario por medios electrónicos al Registro Civil para su inmediata inscripción.

Es importante tener en cuenta que, si existen hijos mayores de edad o emancipados, pero dependientes económicamente de sus padres, éstos deberán comparecer también ante el notario para prestar su conformidad con aquellas medidas que les afecten.

El Notario valorará el Convenio y si estimase que puede ser dañoso o perjudicial para uno de los cónyuges, podrá dar por terminado el expediente y denegar el divorcio, por lo que los cónyuges deberán acudir ante el juez para la aprobación del mismo.

Cada matrimonio es único y los cónyuges, asesorados por su abogado, tendránque valorar la opción más interesante para su resolver su situación y así decidir cómo divorciarse.

Sin embargo, si podemos destacar como puntos a favor del divorcio de mutuo acuerdo en la Notaríalos siguientes:

1.- Es más rápido y cómodo que el divorcio ante el Juzgado, evitando la demora que supone iniciar un procedimiento judicial y más en estos momentosde colapso judicial.

2.- No es necesario presentar demanda alguna, tan solo concertar cita en la Notaría una vez redactado el Convenio Regulador.

3.- No es necesario esperar la firmeza de la sentencia de divorcio. El acta notarial de divorcio surte efecto desde el momento de su firma.